Reglamento del Congreso de la República
Artículo 32. Pleno del Congreso de la República
El Pleno del Congreso de la República es la máxima asamblea deliberativa del Congreso de la República en los asuntos de su competencia. Está integrada por todos los senadores y diputados incorporados y funciona de conformidad con las reglas y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Perú y en este reglamento.
Comentario
El Pleno del Congreso es el órgano colegiado máximo del Congreso de la República, integrado por la totalidad de senadores y diputados en ejercicio. Funciona como asamblea deliberativa para asuntos de competencia congresional, sujeto a la Constitución y al presente reglamento.
Temas: congreso bicameral, órgano deliberativo máximo, composición parlamentaria, competencia legislativa, procedimiento parlamentario, soberanía legislativa