Reglamento del Congreso de la República

Artículo 20. Investigación, proceso o arresto de representantes del Congreso de la República

La investigación, procesamiento o arresto de los senadores y diputados se realiza de conformidad con lo señalado en el artículo 93 de la Constitución Política del Perú.

Comentario

El artículo 20 del Reglamento del Congreso establece que la investigación, procesamiento y arresto de congresistas se rige por el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, remitiendo íntegramente al régimen constitucional de antejuicio. De este modo, la ley reglamentaria reconoce y reafirma el fuero especial que protege a los representantes legislativos frente a la persecución penal ordinaria.

Temas: fuero parlamentario, antejuicio, garantías de los legisladores, persecución penal especial, independencia funcional del congresista, remisión constitucional