Reglamento del Congreso de la República
Artículo 15. Asunción del cargo del presidente de la República
El 28 de julio del año de inicio del periodo parlamentario se realiza la ceremonia de asunción del cargo de presidente de la República. En ella, el presidente del Congreso de la República toma juramento al presidente de la República electo y le impone la banda presidencial. Luego, los senadores y los diputados reunidos en Congreso escuchan el mensaje del presidente de la República. No hay debate ni pueden hacer uso de la palabra los senadores ni los diputados.
Comentario
El artículo regula la ceremonia de asunción del presidente de la República, que se realiza el 28 de julio del año de inicio del período parlamentario. Establece que el presidente del Congreso toma juramento al presidente electo, le impone la banda presidencial y los parlamentarios escuchan su mensaje sin posibilidad de debate ni intervención.
Temas: asunción del cargo, ceremonia presidencial, acto protocolar, juramento constitucional, transmisión del mando, sesión solemne del congreso