Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 44. Características de la información publicada en el Portal de Transparencia Estándar

44.1 Toda la información que se publica en el Portal de Transparencia Estándar debe observar las siguientes características:

44.1.1 Debe ser redactada y presentada teniendo en cuenta la necesidad de información de los/as usuarios/as de los servicios que brinda la entidad.

44.1.2 Debe ser publicada, cuando sea posible, en formato de datos abiertos reutilizables. En caso la información se presente en otros formatos, se priorizará aquellos que permitan realizar búsquedas en el contenido del documento.

44.1.3 Debe ser redactada en un lenguaje que utilice expresiones simples, claras y directas.

44.1.4 Debe privilegiar las estructuras gramaticales simples, frases cortas, sin afectar la calidad de la información, y hacer uso del lenguaje técnico sólo cuando sea estrictamente necesario.

44.1.5 Debe contener un glosario explicativo de la terminología técnica que utilice la entidad en el ámbito de sus funciones.

44.1.6 Debe ser cierta, completa y actualizada, bajo responsabilidad de el/la funcionario/a responsable del área poseedora y de el/la funcionario/a responsable de implementar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar, de acuerdo al ámbito de sus competencias, y de el/la titular de la entidad, cuando corresponda.

44.2 La información publicada en los Portales de Transparencia Estándar de las entidades de la Administración Pública a la que alude la Ley Nº 29091, Ley que modifica el párrafo 38.3 del Artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y en portales institucionales, y su reglamento tienen carácter y valor oficial.

Comentario

El artículo 44 establece los estándares mínimos de calidad, accesibilidad y precisión que debe cumplir toda información publicada en el Portal de Transparencia Estándar de las entidades públicas. Exige que la información sea redactada en lenguaje simple, disponible en formatos reutilizables, completa, cierta y actualizada, bajo responsabilidad funcional de los servidores competentes y del titular de la entidad.

Temas: acceso a la información pública, lenguaje administrativo simple, datos abiertos, portal de transparencia, obligaciones de actualización, responsabilidad funcional