Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Quinta
A fin de determinar los criterios para establecer las cuantías indemnizatorias establecidas en el artículo 95 del presente Reglamento, se establece una Comisión Multisectorial. Las referidas indemnizaciones se harán efectivas luego de la expedición y publicación de la Resolución Ministerial a que el citado artículo hace referencia.
Comentario
La Quinta Disposición Complementaria Transitoria establece la creación de una Comisión Multisectorial con competencia para determinar los criterios que definirán las cuantías indemnizatorias por daños derivados de accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales conforme al artículo 95 del Reglamento. Las indemnizaciones solo serán exigibles tras la publicación de la Resolución Ministerial que concrete tales criterios.
Temas: indemnización por accidente de trabajo, comisión multisectorial, resolución ministerial, cuantía, seguridad y salud en el trabajo, disposición transitoria