Vigésimo Tercera
La asignación del saldo de la Cuenta Individual de Capitalización de un afiliado en virtud de lo establecido en el inciso c) de la vigésimo segunda Disposición Final y Transitoria, se realizará por el íntegro del saldo al Fondo de Pensiones de su preferencia.
Proceso de Traspaso.- Período de Transición
Comentario
La Disposición Final Vigésimo Tercera regula el procedimiento de asignación del saldo de la Cuenta Individual de Capitalización durante el proceso de traspaso de afiliados en el período de transición del SPP. Establece que tal asignación debe efectuarse por el íntegro del saldo hacia el fondo de pensiones elegido por el afiliado.
Temas: cuenta individual de capitalización, traspaso de afiliados, período de transición del spp, fondos de pensiones, asignación íntegra de saldos, autonomía de la voluntad del aportante