Reglamento del Decreto Ley N° 25897, Crean el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones AFP

Décimo Octava

De los compromisos de pago de las pensiones mínima y de jubilación adelantada Decreto Ley Nº 19990 en el SPP y la garantía estatal

Para efectos de no interrumpir la periodicidad y cuantía del pago de las pensiones mínima y de jubilación adelantada del Decreto Ley Nº 19990 en el SPP, las AFP estarán obligadas a suministrar a la ONP los requerimientos estimados por compromisos de garantía estatal por dichas prestaciones para el año siguiente, distinguiendo según modalidad de pensión, tipo y moneda, en los formatos y en la oportunidad que la ONP establezca, a fin de realizar las provisiones de recursos fiscales suficientes que permitan cumplir con los pagos de pensiones en el SPP.

La ONP para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, deberá realizar las coordinaciones del caso con la AFP, en caso requiera sustento adicional respecto del cronograma de compromisos de pago por pensiones mínima o de jubilación adelantada Decreto Ley Nº 19990 en el SPP. Con relación a los desembolsos de la garantía estatal, éstos se realizarán periódicamente por parte de la ONP hacia cada AFP a la que pertenezcan o hubiesen pertenecido los afiliados sujetos a la garantía estatal.

A partir del segundo año en que se ejercite la garantía estatal, dentro de los primeros treinta (30) días calendario de cada ejercicio anual, las AFP y la ONP deberán realizar las compensaciones que correspondan por el exceso y/o defecto respecto de los compromisos de garantía estatal asumidos en el ejercicio anual anterior y los pagos de pensiones realizados en el SPP. En caso de haber un saldo favorable por exceso de pagos bajo garantía estatal, éstos se aplicarán, bajo responsabilidad de la AFP, al pago de las pensiones de los meses siguientes.

Comentario

Establece el procedimiento de coordinación entre las AFP y la ONP para garantizar la periodicidad y cuantía de las pensiones mínimas y de jubilación adelantada reconocidas bajo el Decreto Ley Nº 19990 a afiliados del SPP. Obliga a las AFP a suministrar requerimientos estimados de garantía estatal y a la ONP a realizar desembolsos periódicos, con compensaciones anuales por exceso o defecto.

Temas: garantía estatal de pensiones mínimas, jubilación adelantada decreto ley 19990, coordinación onp-afp, provisiones presupuestales del sector público, compensación y liquidación de diferencias, continuidad de prestaciones pensionarias