Artículo 2. Ambito del Reglamento
El presente Reglamento establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados.
Comentario
El artículo 2 define el alcance normativo del Reglamento al establecer que abarca los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las AFP, así como las limitaciones a su gestión y las características de las prestaciones que brindan. Constituye la puerta de entrada que delimita el objeto regulatorio del instrumento.
Temas: sistema privado de pensiones, administrador privado de fondos, constitución y organización de entidades financieras, gestión de fondos de pensiones, prestaciones y beneficios del afiliado