Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud

Artículo 77. Autorización de funcionamiento

Los organizadores comunicarán por escrito dirigido a la SEPS el cumplimiento de los requisitos previstos en el Artículo 75 de este reglamento y demás condiciones exigibles para la operación de la EPS, solicitando se les otorgue la Autorización de Funcionamiento. Para emitir resolución, la SEPS efectuara las comprobaciones que estime necesarias, verificando de modo especial lo siguiente:

a) Que la escritura de constitución social guarde correspondencia total con el proyecto de minuta aprobado en su momento.

b) Que el capital inicial se haya pagado íntegramente en efectivo, al menos el monto mínimo requerido por el Artículo 58.

c) que sean correctos el nombre y la dirección de cada uno de los accionistas y que el importe suscrito y pagado del capital social por cada uno de ellos se ajuste a las disposiciones legales vigentes.

d) Que no figuren entre los accionistas quienes están prohibidos de serlo conforme al Artículo 67 de este reglamento y demás disposiciones legales vigentes.

e) Que haya sido debida y oportunamente efectuada la publicación de que trata el inciso a) del Artículo 76 de este reglamento.

f) Que la empresa cuente con manuales de organización y funciones y con normas operativas y de delegación de facultades.

g) Que la infraestructura propia y de terceros con la que prestará los servicios cuenten con la acreditación del MINSA y ofrezcan condiciones de seguridad y equipamiento satisfactorias.

h) Que los planes de salud que se propone ofrecer la EPS se encuentren ajustados a la legislación sobre la materia y otorguen una cobertura adecuada.

Comentario

El artículo 77 establece el procedimiento mediante el cual los organizadores de una Entidad Prestadora de Salud (EPS) solicitan ante la SEPS la Autorización de Funcionamiento, previa acreditación de requisitos legales y condiciones operativas. La norma define los criterios de verificación que la SEPS debe examinar para resolver sobre la procedencia de otorgar tal autorización.

Temas: autorización administrativa, entidades prestadoras de salud, requisitos de operación, verificación administrativa, control previo, capital social mínimo