Artículo 34-A. Determinación del monto mínimo y máximo de recaudación a través de convenios interinstitucionales
34-A.1
Las municipalidades que suscriban convenios interinstitucionales con empresas que brindan servicios públicos en sus jurisdicciones, para realizar por su intermedio la recaudación de los arbitrios referidos al servicio de limpieza pública, pueden establecer la fracción del monto a recaudar, el cual constituye un pago parcial del monto total del arbitrio fijado por la municipalidad de la jurisdicción del contribuyente, de conformidad con la legislación tributaria municipal.
34-A.2 El monto cargado al contribuyente por la fracción del arbitrio correspondiente al servicio de limpieza pública es determinado por cada municipalidad, de acuerdo a los procedimientos y criterios que utiliza para la determinación del arbitrio. Dicho monto puede ser distribuido de manera mensual, de acuerdo a la tasa mensual del arbitrio, el cual no debe exceder el valor determinado por la municipalidad.
34-A.3 Para la suscripción de los convenios interinstitucionales con las empresas que brindan servicios públicos, las municipalidades deben contar con información referida al monto del arbitrio de limpieza pública segmentado de forma mensual. Para la suscripción de los convenios interinstitucionales con las empresas que brindan servicios públicos, se debe contar con el catastro actualizado de los contribuyentes de la jurisdicción, elaborado por la municipalidad, o brindado por las empresas que brindan servicios públicos.
34-A.4 Las fechas de pago de la fracción del arbitrio que recauden las empresas prestadoras de servicios con las que se han suscrito los convenios, deben guardar relación con las fechas de vencimiento de pago establecidas en la Ordenanza Municipal que las aprueba.
Comentario
El artículo 34-A regula los convenios interinstitucionales que las municipalidades pueden suscribir con empresas de servicios públicos para que estas recauden, por su intermedio, fracciones del arbitrio de limpieza pública. Establece que el monto a recaudar, los procedimientos de cálculo, los requisitos informativos y las fechas de pago deben ajustarse a criterios municipales y a la legislación tributaria local.
Temas: arbitrio municipal, recaudación de tributos locales, servicio de limpieza pública, cobranza, convenios interinstitucionales, residuos sólidos municipales