Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Artículo 21. Aspectos generales

Las municipalidades son responsables de brindar el servicio de limpieza pública, el cual comprende el barrido, limpieza y almacenamiento en espacios públicos, la recolección, el transporte, la transferencia, valorización y disposición final de los residuos sólidos, en el ámbito de su jurisdicción.

El MINAM aprueba las normas complementarias que regulan los aspectos técnicos del referido servicio, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio.

Comentario

El artículo 21 establece que las municipalidades tienen la responsabilidad integral de prestar el servicio de limpieza pública, que comprende múltiples etapas: barrido, limpieza y almacenamiento en espacios públicos, recolección, transporte, transferencia, valorización y disposición final de residuos sólidos en su jurisdicción. Atribuye al MINAM la competencia de dictar normas técnicas complementarias de cumplimiento obligatorio.

Temas: responsabilidad municipal, servicio de limpieza pública, gestión integral de residuos, competencia ambiental, ciclo de gestión de residuos