Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Artículo 2. Definiciones

Para la aplicación de lo dispuesto en el presente Reglamento deben considerarse las definiciones establecidas en el Anexo del Decreto Legislativo Nº 1278 y las contenidas en el Anexo I del presente dispositivo normativo.

Comentario

El artículo 2 establece que las definiciones aplicables al Reglamento provienen de dos fuentes: el Anexo del Decreto Legislativo Nº 1278 y el Anexo I del propio Reglamento. Constituye una norma de remisión que habilita la interpretación uniforme de conceptos técnicos y jurídicos en toda la regulación de gestión integral de residuos sólidos.

Temas: definiciones normativas, remisión a anexos, residuos sólidos, coherencia terminológica, interpretación de reglamentos