Reglamento de Procedimientos Mineros
Primera. Procedimientos administrativos en trámite
Los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite continúan rigiéndose por las disposiciones bajo las cuales fueron iniciados, con excepción de las disposiciones del presente Reglamento que sean más beneficiosas a los administrados.
Comentario
Regla de aplicación temporal que permite a los procedimientos administrativos mineros iniciados con anterioridad al Reglamento continuar bajo la normativa originaria, salvo cuando las disposiciones del nuevo Reglamento resulten más favorables al administrado. Protege la seguridad jurídica de los trámites en curso sin sacrificar mejoras normativas.
Temas: aplicación temporal de normas, retroactividad y seguridad jurídica, procedimiento administrativo minero, acto más beneficioso, transición normativa, vigencia de leyes