Reglamento de Procedimientos Mineros

Cuarta

Mediante Resolución de Presidencia de INGEMMET se aprueban los formularios electrónicos e instrucciones para solicitar la conformación de una Unidad Económica Administrativa (UEA), la inclusión o exclusión de derechos mineros de la UEA, así como la acumulación y división de concesiones mineras, entre otros, que se publican a través del portal web del INGEMMET, dentro de los 30 días hábiles de publicado el presente Reglamento.

Comentario

El artículo establece que el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), mediante Resolución de su Presidencia, debe aprobar y publicar los formularios electrónicos e instrucciones para tramitar solicitudes relacionadas con Unidades Económicas Administrativas (UEA) y operaciones sobre concesiones mineras. La norma fija un plazo de treinta días hábiles desde la publicación del Reglamento para que estos instrumentos estén disponibles en el portal web institucional.

Temas: unidad económica administrativa (uea), formularios electrónicos administrativos, procedimientos mineros, derechos mineros, acumulación y división de concesiones, acceso a información administrativa