Reglamento de Procedimientos Mineros
Artículo 63. Inscripción de resolución de la UEA
La Resolución que apruebe o modifique, según sea el caso, la UEA, puede ser inscrita en la partida de las concesiones objeto de agrupamiento, ante la SUNARP.
Comentario
El artículo 63 permite que la resolución administrativa que apruebe o modifique una Unidad Económica Administrativa (UEA) sea inscrita en el registro de propiedad minera ante la SUNARP. Esta inscripción constituye el acto que perfecciona públicamente el agrupamiento de concesiones mineras y ofrece seguridad jurídica a los titulares.
Temas: unidad económica administrativa, agrupamiento de concesiones mineras, inscripción registral minera, sunarp, resoluciones administrativas mineras, seguridad jurídica registral