Artículo 26. FONDO DE GARANTÍA
En el marco del artículo 32 de la Ley, COFIDE administra el Fondo Múltiple Cobertura MYPE.
Comentario
El artículo atribuye a COFIDE la administración del Fondo Múltiple Cobertura MYPE en aplicación del artículo 32 de la Ley MYPE. Establece un mecanismo institucional de garantía destinado a facilitar el acceso al financiamiento de micro y pequeñas empresas mediante la cobertura de riesgo crediticio.
Temas: fondo de garantía, acceso al financiamiento mype, cobertura de riesgo crediticio, cofide, intermediación financiera de desarrollo