Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE

Artículo 14. PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES

El MTPE, con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores, MINCETUR, el Ministerio de la Producción, la Asociación de Exportadores del Perú - ADEX y otras instituciones privadas, difunde información actualizada sobre las oportunidades de exportación para las MYPE.

Asimismo, la Dirección Nacional de Descentralización de Comercio y Cultura Exportadora del MINCETUR proporciona información actualizada sobre las oportunidades de exportación para las MYPE ubicadas en provincias y regiones, que sea generada por ella misma y por los distintos órganos del Gobierno Nacional a cargo de recabarla, incluyéndose especialmente a la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU.

Comentario

El artículo 14 encomienda al MTPE, en coordinación con diversos organismos públicos y privados, la difusión de información actualizada sobre oportunidades de exportación dirigida a las MYPE. Específicamente, asigna a la Dirección Nacional de Descentralización de Comercio y Cultura Exportadora del MINCETUR la responsabilidad de proporcionar esta información a nivel provincial y regional, incluyendo datos generados por PROMPERU y otros órganos del Gobierno Nacional.

Temas: acceso a información comercial, promoción de exportaciones, descentralización de servicios, coordinación interinstitucional, capacidad exportadora de mype, asimetrías informativas