Reglamento de la Ley Nº 28518 “Ley sobre Modalidades Formativas Laborales”

Artículo 48. Del lugar de presentación de los Planes y Programas

Los Planes y Programas serán presentados ante la DPEFP, o quien haga sus veces, en el lugar donde el beneficiario ejecutará su formación.

Comentario

El artículo establece que los planes y programas de modalidades formativas laborales deben presentarse ante la Dirección de Promoción del Empleo y Formación Profesional (DPEFP) o su equivalente, en la jurisdicción territorial donde se ejecutará efectivamente la actividad formativa. Determina el requisito de presentación vinculado al lugar de ejecución de la formación.

Temas: modalidades formativas laborales, planes y programas de capacitación, competencia territorial administrativa, presentación ante autoridad laboral, ejecución de formación profesional