Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo
Cuarta. Sobre la regulación del teletrabajo en la administración pública
En el marco de sus competencias, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) emite las disposiciones que contribuyan a la implementación de la modalidad de teletrabajo en el sector público.
Comentario
La disposición complementaria atribuye a SERVIR competencia para emitir disposiciones que faciliten la implementación del teletrabajo en la administración pública. Establece que dicha autoridad, en el ámbito de sus atribuciones legales, es responsable de regular operativamente esta modalidad laboral en el sector público.
Temas: competencia administrativa, función pública, modalidades de trabajo remoto, regulación del sector público, autoridades rectoras