Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos
Artículo 40. Funciones y responsabilidades de las organizaciones de usuarios de agua
Las funciones y responsabilidades de las organizaciones de usuarios de agua en el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, además de lo establecido en la ley, son las siguientes:
a. Representar a los usuarios que la integran ante la Autoridad Nacional del Agua y otras autoridades del sector público y dependencias del sector privado.
b. Participar en los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca y en tal virtud, en la elaboración de los planes de gestión de recursos hídricos en las cuencas.
c. Promover la capacitación y asistencia técnica a sus integrantes que contribuya a una mejor gestión de los recursos hídricos.
d. Promover el desarrollo e implementación de equipos, procedimientos o tecnologías que incrementen la eficiencia en el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, así como, la conservación de bienes naturales y el mantenimiento adecuado y oportuno de la infraestructura hidráulica.
e. Velar que los usuarios de agua cumplan con el pago de las retribuciones económicas, tarifas de agua, aportes voluntarios acordados por sus asambleas, las obligaciones que señala la Ley y demás disposiciones jurídicas vigentes vinculadas a los recursos hídricos.
f. Otras que se establezcan en la normatividad sobre la materia.
Comentario
El artículo 40 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos enumera las funciones y responsabilidades de las organizaciones de usuarios de agua en el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos. Estas organizaciones actúan como representantes colectivos de sus integrantes, participan en la planificación de cuencas, promueven capacitación y eficiencia hídrica, y fiscalizan el cumplimiento de obligaciones económicas y normativas de sus miembros.
Temas: organizaciones de usuarios de agua, gobernanza de recursos hídricos, consejos de cuenca, representación colectiva de usuarios, cobranza de tarifas hídricas, eficiencia y sostenibilidad hídrica