Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos
Artículo 267. Acciones del programa integral de control de avenidas
267.1 Constituyen acciones no estructurales del programa integral de control de avenidas la zonificación de zonas de riesgo; sistema de alerta temprana; operación de embalses y presas derivadoras en épocas de avenidas y otras acciones no estructurales.
267.2 Constituyen acciones estructurales del programa integral de control de avenidas las siguientes:
a. Obras de defensa.
b. Los embalses de regulación.
c. Obras de defensas provisionales.
d. Defensas vivas.
e. Obras de encauzamiento y otras obras afines.
Comentario
El artículo enumera las acciones que integran los programas de control de avenidas, diferenciándolas en no estructurales (zonificación, alerta temprana, operación de infraestructura) y estructurales (obras de defensa, embalses, defensas provisionales, defensas vivas, encauzamiento). Establece el catálogo de medidas disponibles para mitigar riesgos por fenómenos hidrológicos extremos.
Temas: fenómenos naturales, control de avenidas, acciones estructurales y no estructurales, gestión de riesgo hídrico, infraestructura hidráulica, zonificación de riesgo