Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos

Artículo 19. Las entidades públicas vinculadas con la gestión de recursos hídricos

Las entidades públicas vinculadas con la gestión de recursos hídricos que articulan sus acciones con la Autoridad Nacional del Agua, en el marco de la Ley y el Reglamento, son las siguientes:

a. Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS;

b. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI;

c. Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN;

d. Oficina de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;

e. Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú - DICAPI;

f. Proyectos especiales hidráulicos e hidroenergéticos, regionales, nacionales y binacionales;

g. Autoridades ambientales sectoriales competentes; y,

h. Entidades prestadoras de servicios de saneamiento.

Comentario

Identifica y cataloga las entidades públicas que intervienen en la gestión de recursos hídricos coordinándose con la Autoridad Nacional del Agua. Establece un sistema de articulación institucional multisectorial para la implementación de la política nacional de aguas, asignando roles a organismos supervisores, reguladores y operadores de infraestructura hidráulica.

Temas: articulación institucional de recursos hídricos, autoridad nacional del agua, competencias sectoriales multisectoriales, coordinación en gestión integrada, entidades públicas hidráulicas