Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos
Artículo 165. Certificado de Eficiencia en Operación y Mantenimiento de la Infraestructura Hidráulica
La Autoridad Nacional del Agua otorga Certificados de Eficiencia en Operación y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica a los operadores que efectúen todas las acciones señaladas en el Programa de Uso Eficiente, las que deberán comprender mejoras en la infraestructura hidráulica a su cargo invirtiendo para tal fin un monto superior al diez por ciento (10%) con relación al año anterior declarado por el operador.
Comentario
El artículo regula la emisión de certificados de eficiencia en operación y mantenimiento de infraestructura hidráulica por parte de la Autoridad Nacional del Agua. El certificado se otorga a operadores que ejecuten las acciones previstas en su Programa de Uso Eficiente e inviertan en mejoras de infraestructura por encima del 10 % respecto del año anterior.
Temas: operadores de infraestructura hidráulica, certificación de eficiencia hídrica, inversión en mejora de infraestructura, autoridad nacional del agua, programas de uso eficiente del agua, aprovechamiento sostenible de recursos hídricos