Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros
Quinta
La Administración Aduanera dictará las normas que resulten necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en el presente Reglamento.
Comentario
La Quinta Disposición Final atribuye a la Administración Aduanera la potestad de dictar normas complementarias para la correcta aplicación del Reglamento de Delitos Aduaneros. Se trata de una cláusula de habilitación normativa que confiere competencia reglamentaria subordinada a la Administración.
Temas: habilitación normativa, potestad reglamentaria delegada, administración aduanera, normas complementarias, aplicación de reglamentos, competencia administrativa