Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros
Artículo 5. Reconocimiento y avalúo
La SUNAT procede de la siguiente manera:
a) Si hay persona detenida por los delitos tipificados en la Ley, efectúa el reconocimiento físico y avalúo de las mercancías dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de recibidas, y de inmediato comunica el resultado a la Policía Nacional del Perú y a la fiscalía competente para que proceda a formular la denuncia correspondiente.
Si por la naturaleza o cantidad de las mercancías, el lugar donde se encuentren, o por la oportunidad de la intervención no se puede efectuar el reconocimiento físico y el avalúo dentro del plazo señalado en el párrafo anterior:
i. De inmediato comunica este hecho a la Policía Nacional del Perú y a la fiscalía competente, para que procedan conforme a sus atribuciones y ii. Remite el informe correspondiente al reconocimiento físico y avalúo de las mercancías a la Policía Nacional del Perú y a la fiscalía competente, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contado a partir del día siguiente de recibidas las mercancías.
b) Si no hay persona detenida, efectúa el reconocimiento físico y avalúo de las mercancías, y remite el informe correspondiente a la fiscalía competente y, de corresponder, a la autoridad que puso las mercancías a su disposición, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contado a partir del día siguiente de recibidas las mercancías.
c) Remite el informe de reconocimiento físico y avalúo de las mercancías consignado en los literales a) y b) por cualquier medio que permita constatar la recepción por el destinatario.
Comentario
El artículo 5 regula el procedimiento de reconocimiento físico y avalúo de mercancías incautadas por delitos aduaneros que realiza la SUNAT. Establece plazos diferenciados según exista detención de persona y contempla excepciones cuando las circunstancias de naturaleza, cantidad, ubicación u oportunidad lo justifiquen, con obligación de comunicación inmediata a la Policía Nacional y fiscalía competente.
Temas: incautación de mercancías, avalúo aduanero, plazos de reconocimiento, delitos aduaneros, cadena de custodia, coordinación fiscal-aduanal