Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas
Artículo 26
Todas las empresas dedicadas a las actividades eléctricas, al transporte por ductos y distribución por red de ductos de gas natural, los usuarios, las autoridades regionales, locales y fiscales, están obligados a cumplir las resoluciones de la comisión, en lo que les concierne.
Comentario
El artículo 26 establece un deber de cumplimiento universal respecto de las resoluciones emitidas por la Comisión de Tarifas Eléctricas. Esta obligación vincula a empresas concesionarias, usuarios, autoridades públicas y organismos fiscalizadores, generando exigibilidad coactiva de las decisiones comisionales en materia tarifaria.
Temas: resoluciones administrativas de tarifas, obligatoriedad de actos regulatorios, eficacia de decisiones comisionales, operadores y usuarios del servicio eléctrico, cumplimiento de determinaciones administrativas