Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas
Artículo 206
OSINERG propondrá al Ministerio la escala detallada de sanciones y multas así como el procedimiento para su aplicación, lo que será aprobado por Resolución Ministerial.
Comentario
El artículo 206 establece el procedimiento para la formulación de la escala de sanciones y multas aplicables en el régimen de concesiones eléctricas. OSINERG (Organismo Supervisor de la Inversión en Energía) tiene la competencia de proponer la escala detallada y el procedimiento, sujeto a aprobación mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas.
Temas: potestad sancionadora, órgano regulador, escala de sanciones, procedimiento administrativo, aprobación ministerial, concesiones eléctricas