Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas

Artículo 205

El importe de las multas, a que se refieren los Artículos 201 y 202 del Reglamento, se calcularán de acuerdo al precio medio de la tarifa monomia de baja tensión a usuario final, vigente en la Capital de la República.

Comentario

Establece el método de cálculo de las multas previstas en los artículos 201 y 202 del Reglamento, utilizando como referencia el precio medio de la tarifa monomia de baja tensión a usuario final vigente en Lima. La norma operacionaliza la cuantificación de sanciones pecuniarias en materia de concesiones eléctricas.

Temas: multas administrativas, infracciones en concesiones, cálculo de sanciones, tarifa de referencia, fiscalización eléctrica, proporcionalidad sancionatoria