Reglamento de la Carrera Administrativa
Tercera
Los dos primeros concursos de ascenso estarán reservados para los servidores públicos en actual servicio ubicados en los niveles de carrera según norma específica. Se efectuarán teniendo presente, además de los factores y el procedimiento señalado en el artículo 49, lo siguiente:
a) Cumplido el primer año de aprobación del presente reglamento se efectuará el primer concurso de ascenso, en el que participarán los servidores que además de contar con un mínimo de cincuentiún (51) horas de capacitación acumuladas durante el primer año de vigencia del reglamento, posean cuatro (4) o más años de tiempo de servicios adicionales al mínimo requerido para su ubicación inicial en el nivel de carrera.
b) Al segundo año de haberse aprobado el presente reglamento, se efectuará un segundo concurso en el que tendrán la oportunidad de participar los servidores que además de contar con un mínimo de ciento dos (102) horas de capacitación acumuladas durante los dos (2) primeros años de vigencia del reglamento, posean dos (2) o más años de tiempo de servicios adicionales al mínimo requerido para su ubicación inicial en el nivel de carrera.
Comentario
La disposición establece un régimen transitorio de dos concursos de ascenso reservados a servidores públicos en servicio, con requisitos escalonados de capacitación y antigüedad. Estos concursos iniciales buscan facilitar la movilidad dentro de la carrera administrativa durante los primeros dos años de vigencia del reglamento.
Temas: régimen transitorio de carrera administrativa, requisitos de ascenso escalonados, capacitación y antigüedad en el servicio público, concursos de ascenso, derechos adquiridos en la administración pública