Reglamento de la Carrera Administrativa

Artículo 96

El Escalafón permite planificar el desarrollo de la carrera de los servidores considerando las necesidades de capacitación, la determinación de vacantes para el ascenso y los estímulos correspondientes, de acuerdo a las posibilidades financieras del Estado. Los Escalafones de las entidades se integran territorialmente coincidiendo con la descentralización regional y local.

Comentario

El artículo 96 define el escalafón como instrumento de planificación de la carrera administrativa que permite identificar necesidades de capacitación, vacantes para ascenso y estímulos. Establece que los escalafones se organizan territorialmente conforme a la estructura de descentralización regional y local.

Temas: escalafón administrativo, carrera administrativa, planificación de recursos humanos, ascenso en administración pública, descentralización territorial, límites presupuestales