Reglamento de la Carrera Administrativa

Artículo 34

La estabilidad laboral se adquiere a partir del nombramiento. No existe período de prueba.

Comentario

El artículo establece que la estabilidad laboral en la administración pública se adquiere de manera inmediata con el nombramiento, sin sujeción a período de prueba. Esto genera una protección especial del vínculo laboral desde el momento de la designación formal.

Temas: estabilidad laboral, nombramiento administrativo, carrera pública, período de prueba, protección del empleo