Reglamento de la Carrera Administrativa
Artículo 34
La estabilidad laboral se adquiere a partir del nombramiento. No existe período de prueba.
Comentario
El artículo establece que la estabilidad laboral en la administración pública se adquiere de manera inmediata con el nombramiento, sin sujeción a período de prueba. Esto genera una protección especial del vínculo laboral desde el momento de la designación formal.
Temas: estabilidad laboral, nombramiento administrativo, carrera pública, período de prueba, protección del empleo