Reglamento de la Carrera Administrativa

Artículo 153

Los servidores públicos serán sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civil y/o penal en que pudieran incurrir.

Comentario

El artículo 153 establece el régimen de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento de normas legales y administrativas en el ejercicio funcional. Enuncia el principio de independencia de las sanciones administrativas respecto de las responsabilidades civil y penal, permitiendo el ejercicio concurrente de estas tres vías sin que una extinga las otras.

Temas: sanciones administrativas, responsabilidad del servidor público, incumplimiento normativo, acumulación de responsabilidades, disciplina administrativa, carrera pública