Reglamento de la Carrera Administrativa
Artículo 153
Los servidores públicos serán sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civil y/o penal en que pudieran incurrir.
Comentario
El artículo 153 establece el régimen de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento de normas legales y administrativas en el ejercicio funcional. Enuncia el principio de independencia de las sanciones administrativas respecto de las responsabilidades civil y penal, permitiendo el ejercicio concurrente de estas tres vías sin que una extinga las otras.
Temas: sanciones administrativas, responsabilidad del servidor público, incumplimiento normativo, acumulación de responsabilidades, disciplina administrativa, carrera pública