Reglamento de la Carrera Administrativa
Artículo 134
Los funcionarios y servidores están impedidos de realizar en sus centros de trabajo actividades ajenas a las funciones asignadas o que no cuenten con la autorización correspondiente.
Comentario
Prohibición de realizar actividades ajenas a las funciones asignadas en el centro de trabajo sin autorización. El incumplimiento constituye falta disciplinaria que afecta el cumplimiento del deber funcional y la eficiencia administrativa.
Temas: prohibiciones del servidor público, dedicación al servicio, eficiencia administrativa, falta disciplinaria, autorización de actividades