Reglamento de la Carrera Administrativa
Artículo 105
Cuando el servidor por estrictas razones del servicio es trasladado a lugar geográfico diferente al de su residencia habitual, tiene derecho al pago previo de los gastos de traslado e instalación en el lugar de destino.
Comentario
El artículo 105 reconoce al servidor público trasladado por necesidades del servicio a un lugar geográfico distinto de su residencia el derecho a que la administración le pague anticipadamente los gastos de traslado e instalación en el destino. La norma garantiza la cobertura de costos derivados de la movilización forzosa.
Temas: derechos del servidor público, traslado administrativo, gastos de movilización, pago anticipado, potestades administrativas