Tercera. CONVALIDACIÓN DE LAS DECLARACIONES PRESENTADAS AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 939
Para efecto de lo establecido en la Ley Nº 28194, quedan convalidadas las declaraciones presentadas hasta la fecha de publicación de la presente norma por los contribuyentes a efecto de gozar de la exoneración y/o inafectación del Impuesto a las Transacciones Financieras - Decreto Legislativo Nº 939 y modificatorias.
En consecuencia, dichos contribuyentes no estarán obligados a presentar las declaraciones juradas según los modelos contenidos en los Anexos 2, 4, 6, y 7 del presente reglamento.
Comentario
Dispone la convalidación de las declaraciones presentadas por contribuyentes antes de la publicación del Reglamento para acogerse a exoneraciones e inafectaciones del Impuesto a las Transacciones Financieras conforme al Decreto Legislativo Nº 939. Como consecuencia, exonera a tales contribuyentes de presentar las declaraciones juradas en los modelos regulados en el Reglamento.
Temas: regla de transición tributaria, convalidación de actos administrativos, exoneración e inafectación tributaria, declaraciones juradas tributarias, seguridad jurídica en materia fiscal