Establecen disposiciones para la aplicación de las Leyes Nº s. 27626 y 27696, que regulan la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores

Artículo 9. Constancia de Registro

Este documento certifica que la entidad está inscrita ante la Autoridad Administrativa de Trabajo. Contiene la información siguiente:

- La denominación o razón social.

- Nombre del representante legal.

- Fecha de inscripción y de caducidad del Registro.

- Actividad que puede desarrollar a través de la íntermediación laboral.

- Supuestos de intermediación autorizados.

- Especificación del lugar o lugares donde desarrollará sus actividades.

Comentario

El artículo 9 establece la constancia de registro como documento probatorio de la inscripción de empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores ante la autoridad administrativa de trabajo. Define su contenido obligatorio y función certificante respecto a la habilitación para intermediación laboral.

Temas: registro de intermediarios laborales, constancia administrativa, intermediación laboral, autorización de actividades, documentos certificantes, vigencia de inscripciones