Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Artículo 95
El DNI que no sea renovado dentro del plazo establecido en el Artículo 92 precedente perderá vigencia.
En tal caso y hasta no obtener su DNI renovado el titular no podrá realizar ninguno de los actos señalados en el Artículo 84 del presente Reglamento.
Comentario
Establece que el DNI caduca si no se renueva dentro del plazo fijado en el artículo 92. Durante el período sin DNI vigente, el titular queda impedido de ejercer los actos que requieren ese documento según el artículo 84. Produce incapacidad temporal de obrar en actos identificados legalmente.
Temas: documento nacional de identidad, vigencia y caducidad, renovación de documentos, incapacidad temporal de obrar, requisitos de validez documental, actos que requieren identificación