Reglamento de la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

Segunda

Publicación del Protocolo y/o Directiva necesarios para la actuación Inspectiva en los casos de hostigamiento sexual

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral -SUNAFIL aprueba los instrumentos normativos necesarios para la actuación inspectiva en materia de hostigamiento sexual, dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la vigencia del presente Reglamento.

Comentario

Disposición complementaria que asigna a SUNAFIL la obligación de aprobar protocolos e instrumentos normativos para la actuación inspectiva en casos de hostigamiento sexual dentro de noventa días de vigencia del Reglamento. Establece un plazo y competencia específica para instrumentalizar la fiscalización laboral en esta materia.

Temas: hostigamiento sexual laboral, actuación inspectiva, competencia de sunafil, protocolos de fiscalización, disposiciones complementarias finales, plazos de implementación normativa