Quinta
Modificación del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 118-2018-PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el desarrollo del Gobierno Digital, la innovación y la economía digital con enfoque territorial
Modifícase el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 118-2018-PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el desarrollo del Gobierno Digital, la innovación y la economía digital con enfoque territorial, en los siguientes términos:
“Artículo 3.- Integrantes del Comité de Alto Nivel
3.1. El Comité de Alto Nivel estará integrado por:
a) El/a titular de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante, quien la preside.
b) El/a Secretario/a de Gobierno Digital, quien cumple el rol de Secretaría Técnica.
c) Un representante del Despacho Presidencial.
d) El/a titular del Ministerio de Economía y Finanzas o su representante.
e) El/a titular del Ministerio de Educación o su representante.
f) El/a titular del Ministerio de la Producción o su representante.
g) El/a titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o su representante.
h) El/a titular del Ministerio de Relaciones Exteriores o su representante.
i) El/a titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o su representante.
j) El/a titular del Ministerio de Defensa o su representante.
k) Un/a representante de los Gobiernos Regionales.
l) Un/a representante de los Gobiernos Locales.
m) Un/a representante de la sociedad civil.
n) Un/a representante del sector privado.
o) Un/a representante de la academia.
3.2. Los miembros del Comité de Alto Nivel solo podrán delegar su participación a un miembro de la Alta Dirección de la entidad.
3.3. El Presidente del Comité podrá invitar a participar en sus sesiones a titulares de otras entidades públicas o privadas cada vez que en éstas se traten objetivos que tengan relación con su competencia.
3.4 El Comité promoverá políticas, iniciativas y programas para el desarrollo de la innovación, la competitividad, la transformación digital de procesos y servicios públicos, las competencias digitales, la inclusión digital y el desarrollo de aplicaciones para la economía digital.
3.5. La participación de los integrantes del Comité de Alto Nivel es ad honorem.
3.6 La Secretaría Técnica es responsable de proponer los lineamientos para el funcionamiento del Comité de Alto Nivel, conformación de equipos técnicos y otras iniciativas para el logro de sus objetivos.
(...)”.
Comentario
La disposición modifica la composición y funcionamiento del Comité de Alto Nivel de Gobierno Digital, ampliando su integración para incluir representación de gobiernos subnacionales, sociedad civil, sector privado y academia, además de ministerios clave. Establece reglas sobre delegación de participación, invitación de otras entidades, funciones estratégicas y carácter ad honorem del cargo.
Temas: gobierno digital, comités interministeriales, participación multisectorial, transformación digital, coordinación territorial, funciones de órganos colegiados