Primera
Incorporación de los artículos 1A y 2A en el Reglamento de la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM
Incorpóranse los artículos1Ay2Aen el Reglamento de la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, en los siguientes términos:
“Artículo 1A.- Modalidades de la firma electrónica
Se reconocen las siguientes tres (03) modalidades de firma electrónica:
a) Firma Electrónica Simple. Es un dato en formato electrónico anexo a otros datos electrónicos o asociado de manera lógica con ellos, que utiliza un firmante para firmar.
b) Firma Electrónica Avanzada. Es aquella firma electrónica simple que cumple con las siguientes características: (i) está vinculada al firmante de manera única, (ii) permite la identificación del firmante, (iii) ha sido creada utilizando datos de creación de firmas que el firmante puede utilizar bajo su control, y (iv) está vinculada con los datos firmados de modo tal que cualquier modificación posterior de los mismos es detectable.
c) Firma Electrónica Cualificada. La firma electrónica cualificada o firma digital es aquella firma electrónica avanzada que cumple con lo establecido en el capítulo II del presente Reglamento.
Artículo 2A.- Carga de la prueba de la firma electrónica
Para cada modalidad de firma electrónica la aplicación de la carga de la prueba varía conforme a lo siguiente:
a) En caso de controversia sobre la autoría de la firma electrónica simple o avanzada, la carga de la prueba recae en quien la invoque como auténtica.
b) En caso de controversia, en la utilización de la firma electrónica cualificada, la carga de la prueba se invierte debiendo quien niegue la autoría, demostrar que la firma es apócrifa.
(...)”.
Comentario
La disposición incorpora dos artículos al Reglamento de Firmas y Certificados Digitales que clasifican las modalidades de firma electrónica en tres categorías (simple, avanzada y cualificada) y establecen regímenes diferenciados de carga de la prueba según la modalidad empleada. Esto refuerza el marco normativo para la validez y reconocimiento de firmas electrónicas en procedimientos administrativos.
Temas: firma electrónica simple, firma electrónica avanzada, firma electrónica cualificada, carga de la prueba en actos electrónicos, validez y autenticidad digital, procedimiento administrativo electrónico