Décima Sexta. Ampliación de la plataforma PÁGALO.PE
En un plazo no mayor a un (01) año, posterior a la publicación del presente Reglamento, el Banco de la Nación implementa el mecanismo necesario que permite la integración directa de la plataforma PÁGALO.PE con los servicios digitales prestados por las entidades públicas para el pago en línea de sus derechos de tramitación de forma automática y en tiempo real.
Comentario
Obligación del Banco de la Nación de implementar, dentro de un año desde la publicación del Reglamento, un mecanismo que integre directamente la plataforma PÁGALO.PE con los servicios digitales de las entidades públicas para permitir pagos en línea de derechos de tramitación de forma automática y en tiempo real.
Temas: gobierno digital, integración de plataformas, pagos en línea, derechos de tramitación, interoperabilidad administrativa, automatización de procedimientos