Artículo 36. Código de verificación digital
36.1 El Código de Verificación Digital (CVD) es la secuencia alfanumérica que permite verificar la autenticidad de una representación impresa o imprimible mediante el cotejo con el documento electrónico localizado en la sede digital de la entidad. Las entidades implementan el servicio digital para realizar dicha verificación. La Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros emite los lineamientos para la gestión y el uso del CVD a fin de garantizar su seguridad e interoperabilidad.
36.2 El CVD es incorporado en las representaciones imprimibles de documentos electrónicos gestionados por una entidad. Lo señalado en el presente numeral se aplica sin perjuicio de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 026-2016-PCM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma electrónica y la implementación progresiva de la firma digital en el Sector Público y Privado.
Comentario
El Código de Verificación Digital (CVD) es una secuencia alfanumérica que permite verificar la autenticidad de representaciones impresas de documentos electrónicos cotejándolas con el original depositado en la sede digital de la entidad. Su incorporación en las representaciones imprimibles es obligatoria y su gestión se rige por lineamientos emitidos por la Secretaría de Gobierno Digital.
Temas: documento electrónico, representación imprimible, autenticidad y verificación, gobierno digital, procedimiento administrativo electrónico, firma y seguridad digital