Artículo 21. Lineamientos para el Documento Nacional de Identidad Digital
El RENIEC es responsable de establecer los requisitos, características, lineamientos y procedimientos del DNId, teniendo en consideración tecnologías que garanticen su seguridad y la verificabilidad de su autenticidad e integridad.
Comentario
El artículo asigna al RENIEC la responsabilidad de formular los requisitos, características, lineamientos y procedimientos técnicos y operativos del Documento Nacional de Identidad Digital, con énfasis en tecnologías que aseguren su seguridad, autenticidad e integridad. Establece así el marco competencial para la implementación de este instrumento de identificación electrónica.
Temas: documento nacional de identidad digital, lineamientos tecnológicos, seguridad y autenticidad, competencia administrativa, gobierno electrónico, reniec