Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo

Artículo 120. Plataforma Nacional de Gobierno de Datos

120.1 Créase la Plataforma Nacional de Gobierno de Datos (DATOS PERÚ) la cual comprende, de manera no limitativa, la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, la Plataforma GEOPERU y las fuentes disponibles en datos espaciales o georreferenciados. Asimismo, implementa tecnologías digitales para la analítica de grandes volúmenes de datos, inteligencia artificial u otras tecnologías emergentes a fin de facilitar la disponibilidad de tableros de gestión y toma de decisiones e intervenciones estratégicas en la Administración Pública.

120.2 La Plataforma Nacional de Gobierno de Datos es administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, que promueve su uso eficiente para el logro de los objetivos estratégicos nacionales, cuyo dominio en Internet es www.datos.gob.pe.

Comentario

El artículo crea la Plataforma Nacional de Gobierno de Datos (DATOS PERÚ) como infraestructura digital integrada para centralizar, procesar y poner a disposición de la Administración Pública datos abiertos, información geoespacial y análisis avanzados. Su gestión corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros mediante la Secretaría de Gobierno Digital, con el propósito de optimizar la toma de decisiones estratégicas en el sector público.

Temas: plataforma digital estatal, datos abiertos, información geoespacial, gobierno digital, inteligencia de negocios público, interoperabilidad administrativa