Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo
Artículo 50
El traslado contemplado en el inciso c) el Artículo 63 de la Ley, es aquel que importa un cambio a un ámbito geográfico distinto y siempre que tenga el deliberado propósito de ocasionarle perjuicio al trabajador.
Comentario
El artículo define el traslado lesivo como modalidad de despido indirecto, caracterizado por el cambio de ámbito geográfico con propósito deliberado de causar perjuicio. Establece que solo aquella reubicación intencional que busca afectar al trabajador genera causa para el despido indirecto.
Temas: traslado lesivo, despido indirecto, propósito deliberado, abuso del poder directivo, cambio de sede geográfico, estabilidad laboral