Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo

Artículo 2

Las empresas que ejecuten Programas de Formación Laboral Juvenil y de Prácticas Preprofesionales designarán Instructores o Supervisores, respectivamente, para impartir la orientación correspondiente a los participantes y para verificar el desarrollo y cumplimiento de los Programas que establezcan.

Está prohibido prestar labores fuera de la jornada y horario de trabajo habitual de la empresa por parte de jóvenes en formación. Se entiende por jornada y horario habitual de la empresa, aquél dentro del cual se desarrolla la jornada establecida por la empresa.

De verificarse el incumplimiento de esta prohibición, la Autoridad Administrativa de Trabajo impondrá la multa correspondiente.

La autorización expresa de la Autoridad Administrativa de Trabajo prevista en el Artículo 30 de la Ley se otorga si, por la naturaleza de las labores o por otra circunstancia, se justifica que la formación se realice en el horario nocturno. Se entiende por horario nocturno el trabajado entre las 10.00 p.m. y 6.00 a.m.

Para obtener la referida autorización, se requiere lo siguiente:

a) Por parte del joven en formación: copia del certificado médico otorgado por cualquiera de los servicios médicos oficiales de los Sectores de Salud, de Defensa, del Interior o de ESSALUD que acredite la capacidad física, intelectual y sensorial para desarrollar actividades que constituyan el objeto de la formación laboral juvenil; y,

b) Por parte de la empresa: acreditar que ésta desarrolla en horario nocturno las actividades en las que será capacitado el joven en formación.

Comentario

El artículo establece la obligación de designar instructores o supervisores en programas de formación laboral juvenil y prácticas preprofesionales, prohibiendo que los jóvenes en formación realicen labores fuera de la jornada y horario habitual de la empresa, salvo autorización expresa de la Autoridad Administrativa de Trabajo para trabajo nocturno cuando se justifique por la naturaleza de las labores.

Temas: formación laboral juvenil, prácticas preprofesionales, protección de menores en trabajo, horario nocturno, supervisión de capacitación, autorización administrativa de trabajo