Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo

Artículo 100

El porcentaje limitativo reglamentado por el artículo anterior, se aplicará tomando como base el total de trabajadores de la empresa usuaria, sean estos permanentes o contratados bajo cualquiera de las modalidades previstas en el Título III de la Ley.

Comentario

Establece la base de cálculo para la aplicación del porcentaje limitativo de trabajadores en régimen especial regulado en el artículo anterior. El cómputo incluye la totalidad de la plantilla de la empresa usuaria, sin distinción entre trabajadores permanentes o contratados bajo modalidades especiales.

Temas: porcentaje limitativo, contratación especial, base de cálculo, empresa usuaria, modalidades de contratación, control cuantitativo