Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación
Artículo 65. Requisitos de ingreso al nivel de Educación Secundaria
Son requisitos para acceder al primer grado de Educación Secundaria:
a) Haber aprobado el sexto grado de Educación Primaria. En caso de acceder mediante una prueba de ubicación, se hará constar expresamente. Para los adolescentes con discapacidad, la certificación se realiza con criterios específicos, de acuerdo a las adaptaciones curriculares pertinentes.
b) La Ficha Única de Matrícula con el Documento Nacional de Identidad del estudiante o el código personal que se recibe al ingresar al sistema educativo.
El Ministerio de Educación establecerá las normas específicas.
Comentario
El artículo 65 establece los requisitos habilitantes para acceder al primer grado de Educación Secundaria en la Educación Básica Regular. Exige la aprobación del sexto grado de Primaria (o su equivalencia mediante prueba de ubicación) y la presentación de documentación de identidad e inscripción. Constituye la puerta de entrada regulada al nivel secundario.
Temas: requisitos de admisión educativa, continuidad entre educación primaria y secundaria, educación inclusiva y discapacidad, prueba de ubicación educativa, documentación estudiantil, adaptaciones curriculares