Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Artículo 61. Del nivel de Educación Primaria

Es el segundo nivel de la Educación Básica Regular. Atiende a niños y niñas a partir de los 6 años de edad.

Comentario

El artículo define el nivel de Educación Primaria como el segundo nivel de la Educación Básica Regular y establece su población objetivo: niños y niñas a partir de los 6 años de edad. Constituye la norma de apertura que caracteriza este nivel dentro de la estructura del sistema educativo nacional.

Temas: educación básica regular, estructura del sistema educativo, edad de acceso, nivel educativo, progresión educativa