Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Artículo 58. Rol de la familia en el nivel de Educación Inicial

La familia es el principal soporte para el cuidado y desarrollo de niños y niñas en sus primeros años de vida. Los servicios de Educación Inicial se orientan a fortalecer el rol educativo de las familias.

La familia participa en la gestión del servicio educativo de manera organizada, a través de la asociación de padres de familia, comité de aula, u otras instancias de representación, a fin de contribuir al mejoramiento de los servicios que brinda la institución educativa. Además, participan en actividades educativas y lúdicas orientadas a apoyar el aprendizaje de sus hijos y promover su desarrollo, aceptando y respetando las diferencias individuales.

Comentario

El artículo establece que la familia es el primer agente educativo en la Educación Inicial y reconoce su rol fundamental en el cuidado y desarrollo de los niños. Regula dos dimensiones: la orientación de los servicios educativos hacia el fortalecimiento de la capacidad educativa familiar, y la participación organizada de padres en la gestión institucional y en actividades de apoyo al aprendizaje.

Temas: familia y educación inicial, participación de padres en gestión educativa, rol educativo de la familia, corresponsabilidad educativa, actividades educativas y lúdicas, diferencias individuales del niño